Los padres de una bebé de un mes de vida –seis años en la actualidad– a la que provocaron varias lesiones graves, entre ellas una fractura craneal, han eludido la prisión tras llegar a un acuerdo con la Fiscalía que ha conllevado una rebaja de la pena de los 26 a los dos años de cárcel. La menor, declarada en situación de desamparo tras lo ocurrido, está viviendo en régimen de acogimiento familiar con los abuelos maternos y su tutela la tiene la Generalitat. Presenta diferentes secuelas y sigue en tratamiento.
Los progenitores, que nunca han llegado a estar detenidos, se han sentado este lunes en el banquillo de los acusados en la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, donde únicamente han hecho uso de su palabra para, a preguntas del presidente del tribunal juzgador, responder que «sí» estaban conformes con los hechos que se les imputaban.
Inicialmente el ministerio público les pedía 26 años de prisión por un delito de asesinato en grado de tentativa aunque, finalmente, tras alcanzar un acuerdo acusaciones y defensas, se ha rebajado la pena hasta los dos años de cárcel al atribuirles un delito de lesiones grave con la circunstancia agravante mixta de parentesco y la atenuante de dilaciones indebidas. Además, se les ha aplicado la atenuante muy cualificada de reparación del daño. Al respecto, los condenados han abonado en una cuenta en la que es beneficiaria su hija unos 78.000 euros en concepto de responsabilidad civil.
En el mismo acto de juicio, los abogados de los acusados han reclamado que se les suspenda el ingreso en prisión a sus representados al no constarles antecedentes penales, a lo que el tribunal juzgador ha accedido –ni Fiscalía ni la acusación particular se han opuesto–. Esta decisión quedará supeditada a que la pareja no cometa ningún delito durante este periodo de tiempo.
Junto a la pena de prisión, los condenados no podrán aproximarse a la niña durante un periodo de tres años –se quedará probablemente en unos dos años porque se descuenta el año que ya han permanecido alejados–. Sobre esta prohibición, los abogados han adelantado al tribunal que piensan pedir el indulto parcial al Gobierno con el objetivo de que puedan estar con la menor.
Los hechos tuvieron lugar hace seis años, en concreto, en la noche del 26 de noviembre de 2018 en el domicilio que compartía la pareja, ubicado en la localidad valenciana de Torrent.
Según ha quedado probado, los condenados, puestos de común acuerdo, hicieron una «fuerza física» sobre la menor –que no se ha podido concretar– y le propinaron varios golpes violentos en la cabeza y en el cuerpo, lo que le provocó diversas lesiones de gravedad. Y lo hicieron asumiendo el carácter grave de sus consecuencias.
Al día siguiente decidieron llevar a la menor al centro de salud puesto que presentaba «mucosidad» y, una vez allí, la derivaron al Hospital General de València. Ante la gravedad de las lesiones presentadas, como una fractura craneal, llevaron a la bebé a la Fe, donde quedó ingresada en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) hasta el 14 de diciembre del mismo año, es decir, unos 20 días.
En concreto, la menor presentaba convulsiones, hematomas faciales y un hematoma en el muslo derecho y en la mano izquierda. En un TAC cerebral se objetivó hematoma subdural frontal y hemorragia subaracnoide frontotemporal, entre otras lesiones. A nivel oftalmológico presentaba hemorragias retinianas.
El informe forense, emitido en marzo de 2019, determinó que la bebé presentaba lesiones en distintas regiones corporales y calificó de «muy grave» el traumatismo craneoencefálico con fractura biparietal y las hemorragias cerebrales que había desarrollado.
La menor continúa en la actualidad bajo seguimiento periódico por parte del Servicio de Neuropediatría del Hospital La Fe para control y seguimiento de las posibles secuelas neuropsicológicas como consecuencia del daño cerebral adquirido. Presenta alteraciones motoras, especialmente a nivel de mano izquierda, y sigue una terapia mediante logopeda y rehabilitación ocupacional.
«Tarjeta amarilla»
El abogado del padre, Miguel Ángel Sampedro, ha explicado en declaraciones a los medios de comunicación tras la vista que los hechos estaban inicialmente calificados de la hipótesis más grave posible y se ha mostrado convencido de que, de haberse celebrado el juicio, el resultado habría sido «muy aproximado» al que se ha alcanzado hoy.
A este respecto, ha puntualizado que tanto el fiscal como la acusación particular –Abogacía del Estado– calificaron los hechos como constitutivos de un delito de asesinato en grado de tentativa cuando «ningún informe médico podía decir claramente que había habido un daño intencionado sobre la niña», ha recalcado.
Así, el abogado ha recordado que lo que ha quedado acreditado es que ambos padres, «según un mecanismo que no está determinado», causaron lesiones «objetivas» a la menor. «Es cierto que la niña tenía unas lesiones en la cabeza. Lo que no ha quedado acreditado es cómo se produjeron», ha insistido. Sí fue «de forma intencionada».
Con todo, lo que se ha hecho –ha proseguido– es «sacar tarjeta amarilla a los padres pero no la roja, de forma que van a poder recuperar en un plazo relativamente breve las visitas» con la menor, ha aseverado el letrado.