tarjetas revolving

La Junta alerta sobre el aumento de la deuda que se adquiere al usar las tarjetas ‘revolving’ en las compras

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha advertido sobre uno de los productos bancarios que «más se ha extendido en los últimos años» y que genera «una serie de riesgos» para los usuarios, como una deuda se eternice, razón por la que «debemos informarnos previamente».

Según ha explicado la Junta en una nota, las ‘revolving’ son tarjetas que contrata el consumidor y que publicitan «una modalidad de pago flexible», ya que la entidad posibilita «la devolución del crédito de forma aplazada mediante cuotas periódicas» –cantidad que elige el titular de la cuenta dentro de los límites establecidos por la entidad– sin necesidad de abonar «la totalidad de la deuda».

Asimismo, el Gobierno andaluz ha destacado la importancia de la educación financiera para «concienciar a las consumidores sobre determinados productos», de manera que se disponga de una «buena información a la hora de tomar decisiones financieras adecuadas y responsables».

Con el uso de la tarjeta ‘revolving’ la deuda derivada del crédito se renueva «periódicamente», por lo que la deuda «disminuye con los abonos periódicos», pero «aumenta mediante el uso de la tarjeta» –pagos o reintegros en cajeros–, así como con los intereses, que suelen ser «bastante elevados»; las comisiones y otros gastos generados, que se financian conjuntamente.

En este sentido, uno de los principales riesgos que implica la utilización de este tipo de productos es que, en caso de pagar una cuota baja respecto al importe de la deuda, la amortización se realiza «a un plazo muy largo», lo que se traduce en el pago de «elevados intereses» y, en último término, a la «eternización de la deuda.

Desde el Banco de España piden a las entidades «especial diligencia» con estos productos, en particular, a la hora de proporcionar «un detalle pormenorizado de las operaciones realizadas», con el objetivo de que se refleje la deuda «de la forma más clara posible». Además, si el consumidor solicitara aclaración sobre lo pagado y sobre el dinero que se debe, las entidades tienen que «extremar la diligencia para facilitar un detalle lo más completo posible».

Si se produjeran ampliaciones del límite de crédito concedido, la entidad está «obligada a informar específicamente de dicha ampliación, de la nueva cuota a abonar y de la deuda acumulada hasta el momento». De esta manera, el Banco de España proporciona un simulador para conocer «cómo se amortizará la deuda pendiente de la tarjeta ‘revolving'».

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