El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha presentado una querella por un presunto delito de prevaricación contra el juez Juan Carlos Peinado, que dirige la investigación contra su esposa, Begoña Gómez, por presunto tráfico de influencia y corrupción en los negocios.
En la querella, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Abogacía General del Estado lleva ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) a Peinado y a su sustituto, el juez Carlos Valle, por dos resoluciones: la providencia por la que se citó a Sánchez como testigo y la providencia por la que se rechazó que declarase por escrito.
«Hay múltiples elementos que hacen evidente que la toma de declaración practicada (…) contraviene la normativa que la regula, despojando a quien ostenta la Presidencia de uno de los poderes del Estado de las 27 garantías que le ofrece la Ley de Enjuiciamiento Criminal desde 1882, sin explicación alternativa manifestada o manifestable», apunta, en referencia a la testifical que ha tenido lugar esta mañana en La Moncloa.
Así, la Abogacía defiende a lo largo de 35 páginas que Sánchez tenía que haber comparecido por escrito en su condición de jefe del Gobierno, al considerar que así lo fija la ley para los casos en los que se le tome declaración por hechos de los que tuvo conocimiento por razón de su cargo de presidente.
«Lo que adquiere relevancia, no se nos lleve a engaño, es lo hecho por la investigada en consideración a que su esposo es presidente del Gobierno, esto es, en atención a su cargo. No cabe disociar a una persona y pretender que se le va a preguntar como esposo, cuando lo determinante del objeto de la investigación, como decíamos, es la condición de presidente de Gobierno del marido de la investigada», asevera.
Este martes, Sánchez se ha acogido a su derecho a no declarar ante el juez al ampararse en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) que fija que como cónyuge de Begoña Gómez está «dispensado de la obligación de declarar».
Decisión no justificada
Para la Abogacía, la decisión de Peinado de citar a declarar a Sánchez como testigo ha sido «prevaricadora» porque en su providencia del 19 de julio «no hay una sola línea para motivar o justificar por qué la declaración no ha de hacerse por escrito».
En este sentido, insiste en que «a día de hoy» desconoce las razones por las que el juez considera que Sánchez, como testigo, «solo pudo conocer los hechos sobre los que quiere preguntar fuera del ejercicio de su cargo».
Sobre este extremo, recuerda que la acusación popular manifestó públicamente que pedía la citación de Sánchez por su condición de presidente del Gobierno y dijo que quería «hacerle en sede judicial las preguntas que entiende no respondidas en sede parlamentaria».